“Está mi alma hastiada de mi vida; Daré libre curso a mi queja,
Hablaré con amargura de mi alma...”
Hablaré con amargura de mi alma...”
Job 10:1
Alfredo A. Calderón Cámara
Los derechos humanos establecidos en la Constitución y en las leyes, por necesidad inherente deben ser reconocidos y garantizados por el Estado como garante de estabilidad, equilibrio, justicia y paz social. De acuerdo a la norma y mandato constitucional, quienes tienen mayor responsabilidad en este sentido son las autoridades gubernamentales o quienes ejerzan la función de servidores públicos. La defensa o la protección de los derechos humanos tiene la función y obligación de establecer límites a las actuaciones de todos los servidores públicos, sin importar su nivel jerárquico o institución gubernamental, sea Federal, Estatal o Municipal, siempre con el fin de prevenir los abusos de poder, negligencia o simple desconocimiento de la función. El 17 de abril la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en histórica sentencia, ordenó modificar convocatoria para elegir Delegados Municipales en Macuspana, declarándola “inconstitucional y violatoria de los derechos humanos” por exigir constancia de laicismo para ser postulado a un cargo electivo.
Al fundamentar su voto a favor del proyecto aprobado por unanimidad, el magistrado presidente, Alejandro Luna Ramos, acertadamente manifestó que exigir la mal llamada “constancia de no laicidad”, como elemento para ser postulado a un cargo electivo es a todas luces inconstitucional. Así, resulta desproporcional e innecesario que la autoridad solicite dicho requisito para acceder a un cargo público de elección popular, ello viola la libertad religiosa consagrada en el artículo 24 de la Constitución. El magistrado Pedro Esteban Penagos expresó que el requisito previsto en la mencionada convocatoria constituye una exigencia que no es acorde con el principio laico del Estado Mexicano, va más allá de lo que establece la propia Constitución. Todos los mexicanos, todos los gobernados tienen derecho a profesar o no la creencia religiosa que les acomode. “La institución, el Estado es el laico, no la persona en sí”.
El Ayuntamiento de Macuspana en pleno violó gravemente el derecho fundamental y humano de libertad de creencias consagrado en la Constitución de la República, ya que toda persona que se encuentre en nuestro país, tiene el derecho de profesar la religión o creencia filosófica que desee. Nada ha hecho para cumplir la sentencia y cesar la grave violación de los derechos humanos. La negligente omisión de las Comisión Nacional y Estatal de Derechos Humanos ante una sentencia emitida por el máximo tribunal del país, evidencian que ambos entes con representación en Tabasco, son elefantes blancos, dedicados a la frivolidad y a la cortesanía. Los Derechos Humanos en Tabasco son custodiados por monos sabios que ni ven, ni escuchan, ni hablan. Dicho en otras palabras, quienes deberían ser los primeros en respetar los ordenamientos legales fueron quienes cometieron la más clara omisión de los derechos humanos...
SEPTIMO SELLO
Brincando de un ridículo a otro, los "payasitos" del H. Congreso ahora si se pusieron de acuerdo y le enviaron un "exhorto" al Gobernador Núñez para que gire instrucciones a la contralora para que incluya el nombre de Andrés Granier en las denuncias presentadas ante las autoridades competentes. Suena hasta fachoso y chocarrero que a estas alturas los diputados faltos de todo respeto a su propia naturaleza asuman este tipo de actitudes, cuando hace poco hicieron el "oso" más grande y fueron degradados por la sociedad y por un López Obrador indignado, quien los llamó "cómplices". Duro epígrafe que da una idea de la confusión parlamentaria en que viven; es decir, no tienen siquiera idea de lo que significa esa tarea y por lo mismo han, siguen y seguirán cometiendo pifias y caricaturescas acciones. Rafael Abner no puede...
SEPTIMA TROMPETA
Se comunicó con el que esto escribe la maestra Rosa del Carmen Martínez Félix, quien fue aludida en la entrega de ayer para hacer algunas precisiones ya que asegura que la información proporcionada al columnista no fue precisa, ya que informaron que su suplente Martín Esquinca era su esposo y eso no es real. Es evidente que hubo una imprecisión por parte de quien proporcionó la información, por lo que esta es debidamente aclarada. También puede revisar esta columna en el blog http://armagedon.elimparcialdetabasco.com.mx/. A sus órdenes al teléfono 99 33 18 21 65…
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.